¿En qué consiste esta ayuda social?
- El IMV es una prestación no contributiva que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos.
- El acceso al IMV es compatible con otros ingresos mientras no se supere el umbral establecido, incluidos los laborales y con otras ayudas sociales como becas, ayudas por vivienda, ayudas de emergencia, y otras similares.
- El IMV dependerá exclusivamente del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite.
¿Cuál será la cantidad percibida?
- El IMV garantiza una renta mensual de 462 € para una persona que viva sola, con un incremento de 139€ por cada persona de la unidad de convivencia adulta o menor, hasta un máximo de 1.015 € al mes
- Para los hogares monoparentales o monomarentales se establece un complemento de 100€ por cada menor
- La Seguridad Social concederá de oficio el IMV a las familias beneficiarias de la asignación económica por menor a cargo siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en la Ley.
¿Cuáles son los requisitos básicos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
- Tener entre 23 y 65 años, o 18 años si hay menores a cargo.
- Cumplir un año de residencia legal en España.
- Haber vivido independientemente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas.
- En el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos 1 año antes de la solicitud.
- Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
- Estar inscritas como demandantes de empleo.
¿Desde cuándo y cómo puedo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
- Desde el 15 de junio, presentando la solicitud y la documentación que acredita los requisitos.
- En la Seguridad Social a través de los canales establecidos:
Correo ordinario
Vía online www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/I
Presencial con cita previa en un centro de atención de la seguridad Social.
Teléfono de información gratuito de la Seguridad Social 900.20.22.22
Simulador : https://ingreso-minimo-vital.seg-social-innova.es/
Last modified: 16 junio, 2020